Aspectos

Aspectos sobre la Bandera de Colombia

Todos los habitantes de Colombia saben que su bandera oficial consta de tres franjas horizontales que tienen los colores amarillo en la parte superior y ocupa dos veces el tamaño de los otros dos colores, después está el azul y la última franja es la roja. Esta bandera es igual a la de Venezuela (a excepción de que la franja amarilla es de menor dimensión y en tiene 8 estrellas de cinco puntas en la franja azul; así como la bandera de Ecuador (la diferencia con la colombiana es que tiene un escudo ubicado en la parte central, por lo cual cubre una parte de la franja amarilla y la azul.

Aspectos de Bandera de Colombia

El creador de la bandera colombiana fue el venezolano Francisco de Miranda, quien luchó por la independencia de lo que en épocas pasadas fue la Nueva Granada, la cual más tarde se convirtió en los países de Colombia, Ecuador y Venezuela. La historia señala como dato especial que Miranda participó con el cargo de general en la Revolución Francesa y fue el único granadino cuyo nombre se plasmó en el Arco del Triunfo de París, en Francia.

Otra parte de la información básica sobre aspectos relevantes que están detrás del símbolo nacional de Colombia, se encuentra en el hecho de la existencia de un Código de Información de Bandera que fue aprobada por la Federación Internacional de Asaciones Vexilológicas con la finalidad de poder estandarizar la descripción de las banderas de cada país, esto se hizo para facilitar su clasificación, habiendo una lista de elementos que debían ser respetados por los países para que sus banderas fueran reconocidas como símbolos oficinales.

Existe un decreto reconocido con el número 861 que fue publicado en el año de 1924, en el cual se declara que la bandera que lleva en su parte central un escudo nacional, es denominada como “bandera de guerra”, la cual es utilizada como una forma de señalar o para dar a conocer sobre la existencia de una guerra en el país o la pertenencia a una institución militar definida, de esa forma las personas saben el uso que tiene su bandera pero con escudo, algo que también permite alertar a las poblaciones en caso de algún enfrentamiento armado que se llegue a presentar.

La bandera presidencial de Colombia es usada por el Presidente del país, el cual corresponde al poder ejecutivo federal, siendo el único civil que en tiempos de paz señala en su enseña el escudo nacional. Esta bandera fue adoptada el 9 de noviembre de 1949.

La bandera de Colombia cuenta con un reglamento que debe ser respetado por todos en cuanto al uso que se le da, así como por un código de comportamiento cuando se realice algún homenaje o ceremonia especial en donde se deba izar la bandera. El himno nacional y el escudo también cuentan con reglamentos que son oficiales gracias a diversos decretos que se dieron.

El protocolo vigente para la colocación de la bandera debe ser en la parte de arriba, junto a otra bandera y abajo cuando es un grupo de banderas. Al momento de izar la bandera, de acuerdo al decreto número 1967 publicado el 15 de agosto de 1991, la bandera nacional se debe poner en la parte derecha de quien preside el acto, su ubicación debe ser a una altura física necesaria para que nunca toque el suelo; los colores deben ser fuertes y no desteñidos y tampoco debe tener manchas, estar rota o tener alguna imperfección. Cuando se usa debe ser sólo la bandera, esto significa que están prohibidos los adornos.

El uso de la bandera en el asta contempla algunos puntos esenciales, como el hecho de que al desplegarse de día, debe ser en un espacio luminoso que permita apreciar la vivacidad de sus colores; el asta debe terminar de forma plana o en esfera porque sólo los militares deben utilizar el asta de las banderas en punta de lanza debido a que es parte de una representación de enfrentamiento o guerra. En caso de que la bandera se ice con otra, se debe poner a su lado derecho; en caso de estar con un grupo de banderas, la de Colombia se debe colocar en la parte central y después las otras en orden alfabético, esto de acuerdo a sus nombres en castellano de los países a que pertenecen, esto significa que la primera se coloca a la derecha de la bandera nacional, la segunda a la izquierda, la tercera a la derecha y así sucesivamente.

En caso de que en algún evento se tenga que izar la bandera o un grupo de banderas, primero se canta el Himno Nacional de cada país, siendo la de Colombia la que siempre se deberá izar primero y deberá ser bajada en último lugar, esto es en cuanto a las ceremonias que se realizan en el país, debido a que es la nación anfitriona.

La bandera se puede usar para cubrir los féretros de autoridades civiles, militares y eclesiásticas, así como de personas que tengan una trayectoria reconocida. La bandera nacional se coloca en forma longitudinal, haciendo que la franja de color amarillo quede a todo lo largo del lado derecho del ataúd, en donde la costura del amarillo y azul quedan de manera central en la tapa del féretro.

De acuerdo al decreto 1967 publicado en el año de 1991, la bandera debe ser mostrada de manera obligatoria en todos los edificios públicos, en casas, dependencias oficiales, así como particulares en caso de que estos últimos deseen participar; esto se menciona porque de acuerdo a cada fecha conmemorativa que hay en Colombia, son días especiales para mostrar el patriotismo de su país. Las fechas son 20 de julio como parte del aniversario de Independencia, el 7 de agosto por la Batalla de Boyacá, el 12 de octubre como representación del descubrimiento de América y el Día de la raza, 11 de noviembre por ser el día de la Independencia de Cartagena, en la Fiesta Nacional del Sagrado Corazón de Jesús.

El Ministerio de Defensa “Minidefensa” es el único que puede decidir si la bandera se coloca a media asta cuando lo considere necesario porque se trata de la máxima autoridad en el país que regula acciones y aspectos como seguridad nacional, defensa, asuntos militares; por lo cual es el órgano encargado de diseñar, desarrollar y ejecutar las políticas relacionadas con la seguridad y defensa de la nación; además de dirigir la Fuerza Pública que está formada por las fuerzas militares, ese último incluye al ejército nacional, a la armada y a la fuerza aérea. Estos puntos permiten ver el gran poder que tiene dicho ministerio de defensa colombiano y por eso tiene el poder de decidir sobre ciertos aspectos referentes al uso de la bandera de Colombia.

El día de la bandera fue decretado mediante la ley 28 del año 1925, en donde se estableció que el día 7 de agosto de cada año (en conmemoración al 7 de agosto de 1819), cuando el ejército español fue derrotado por los patriotas en la campo de Boyacá, acto con el cual se dio la independencia de Colombia) como una forma de honrar la memoria de todos los que lucharon para que el país fuera libre y por eso cada año es un día especial que se celebra en el país.

Con base al decreto número 3558 de 1949, los edificios nacionales deben izar la bandera de Colombia en días especiales como el 16 de marzo porque es cuando se celebra la Insurrección de los Comuneros, el 28 de marzo en conmemoración de la Batalla del Bajo Palacé, el 7 de abril en conmemoración de la Batalla de Bomboná, el 24 de mayo en memoria de los que participaron en la Batalla de Pichincha, el 24 de junio por haber sido el día de la Batalla de Carabobo, el 24 de julio en honor al natalicio del Libertador y Batalla Naval del Lago de Maracaibo, el 6 de agosto en conmemoración de la Batalla de Junín y el Aniversario de la fundación de Bogotá, el 9 de diciembre como recuerdo de la Batalla de Ayacucho, otro día especial es el 17 de diciembre en memoria de la muerte del Libertador y cuando son días domingo y feriados.

Cuando se trata de una ceremonia luctuosa, la bandera de Colombia se debe izar enlutada y a media asta cuando sean días declarados de manera oficial, esto significa que sólo se podrá hacer así cuando sea duelo nacional, a excepción de las ocasiones en que se disponga expresamente por parte del Congreso Nacional o el poder Ejecutivo que corresponde al presidente del país. Es elemental señalar que hablar de luto en Colombia y en otros países, es algo delicado que se hace con profundo respeto, en muchas situaciones se usa un lazo de crespón de color negro, con extremos colgantes que tienen de longitud la mitad del ancho de la bandera colombiana.

En cuanto a lo marcado por el antiguo Código Penal del país, existe un decreto marcado con el número 100 publicado en el año de 1980, en el capítulo primero que corresponde al artículo 117, señala que la persona que ultrajare públicamente los símbolos patrios de Colombia como por ejemplo el himno, la bandera o el escudo nacional, serían calificados como traición a la Patria y deberán cumplir una condena en prisión que iría de seis meses a dos años, eso es parte de una sanción definida por el gobierno con la finalidad de que todos respeten los símbolos patrios y cuando se utilicen, lo hagan de la misma manera, mostrando el patriotismo de su país y no algo contrario a eso.

En el año 2000 se expidió la ley 599 en donde se elimina la pena de prisión del artículo 461, siendo reemplazada por multa; sin embargo, la norma fue declara inexequible por parte de la Corte Constitucional, considerando que estaba fuera del ordenamiento jurídico y eso hizo que quedara sin aplicación mediante la sentencia C-575 del 2009, ante lo cuales se plantearon otros cambios en torno al uso de la bandera nacional, principalmente en un reglamente general que se desarrolló.

El gobierno analizó la situación política y social en el país, haciendo que se impusieran nuevas multas por parte de las autoridades competentes, siendo de cinco a diez salarios mínimos diarios legales que debían pagar las personas que no icen la bandera en lugar visible al público en los días antes mencionados por los decretos vigentes hasta el momento, dicha multa también aplica para quienes la ice en mal estado, ya sea que la bandera esté rota, dañada, teñida, con colores alterados o con algo que su composición la haga diferente o irregular a la que debe ser en su forma original.

El gobierno señala que el saludos a la bandera se da mediante un himno que es usado por las Fuerzas Militares de Colombia, es un juramento que se hace a la soberanía nacional. Esto se encuentra en el decreto 2388 del año 1948, consiste en un soldado que hace el juramento preguntando a los demás si juran a Dios y prometen a la Patria defender la bandera hasta perder sus vidas y no abandonar a los jefes de su país, ni tampoco a sus compañeros y subalternos cuando haya guerra y en cualquier otro momento, a lo cual los demás soldados dicen que lo juran, es así como el que dirige esa ceremonia dice que en caso de no hacerlo, que Dios y la Patria lo demanden.

Existe un reglamento en cuanto al uso de la bandera en el caso de estudiantes, habiendo un juramento para ellos que señala jurar por Dios fidelidad a la bandera y a la patria, siendo un símbolo nacional soberano que está regido por principios de libertad, orden y justicia para todos.